¿Cómo se efectúa el pago de una importación de bienes?

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 1-julio-2021

 

Aprende cómo se efectúa el pago de una importación de bienes


Cuando realizamos una importación de bienes, vienen a nuestra mente una serie de preguntas, entre ellas, ¿cómo la debo pagar?, ¿lo puedo hacer de manera anticipada?, ¿puedo pagarla con mi tarjeta de crédito?

Lo primero que debemos tener en cuenta es que de conformidad con la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, las importaciones de bienes son operaciones de cambio obligatoriamente canalizables, es decir, que únicamente pueden pagarse a través de los intermediarios del mercado cambiario o a través de las cuentas de compensación.

Dado que las operaciones de cambio son aquellas que se realizan entre un residente en Colombia y un residente en el exterior, lo más común es que estas operaciones se paguen en divisas, es decir, en moneda extranjera que sirva como medio de pago internacional. Sin embargo, como toda regla tiene su excepción, en Colombia se aceptó el pago de este tipo de operaciones en pesos colombianos debido a las restricciones que trajo consigo el estricto régimen cambiario de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Formas para pagar la importación de bienes

El pago de las importaciones, se puede realizar de las siguientes formas:

  • Anticipada, es decir, con anterioridad al embarque de la mercancía, bien sea de manera total o parcial
  • De contado
  • Financiada, en un plazo superior a 1 mes e inferior o igual a 12 meses
  • Financiada, en un plazo superior a 12 meses
  • Con tarjeta de crédito emitida en Colombia cobrada en moneda legal colombiana
  • Con tarjeta de crédito emitida en el exterior o en Colombia cobrada en divisas
  • Mediante dación en pago
  • En moneda legal colombiana

En cada uno de estos casos, la operación deberá identificarse con un código estadístico establecido por el Banco de la República, denominado numeral cambiario.

Para una explicación más detallada de esta información, puedes consultar Legiscomex.

 

Topics: Comercio Exterior en Colombia