Blog Legis especializado en Construcción

¿Qué se considera mal uso de los espacios públicos?

Escrito por Equipo de Redactores Legis | Jun 8, 2022 2:25:37 PM

 

¿Qué se considera mal uso de los espacios públicos?

 

Con la formulación del POT de Bogotá y la relevancia que le otorga al espacio público, surgen inquietudes sobre el mismo y las posibles “talanqueras” que imponga la administración para garantizar que se use de la manera debida. Estas mismas inquietudes se trasladan a las demás ciudades, pues toman a la capital como referente de prácticas para hacer lo propio en sus administraciones.


Pues bien, empecemos por definir qué es el espacio público. Se trata ni más ni menos, que de aquellos lugares que pertenecen a la ciudad o al Estado y que pueden disfrutar libremente todas las personas que habiten en ellos. Se entiende, entonces, que todos tenemos derecho para circular o disfrutarlos, eso sí, acatando las normas de convivencia y respeto necesarias para compartir y vivir en comunidad. Vale la pena aclarar que los edificios donde funcionan las entidades públicas no se consideran espacio público.


Para tener mayor claridad, acunamos la definición de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano-ERU: “constituyen espacio público los componentes de la Estructura Ecológica Principal, el subsistema vial del sistema de movilidad, el sistema de espacio público construido, las redes matrices del sistema de servicios públicos y las franjas de suelo para su localización, las zonas de cesión pública para uso dotacional y los equipamientos que se localicen en ellas”. En pocas palabras, se trata de las “zonas comunes” de una ciudad o municipio, esas áreas normalmente abiertas por las que pueden transitar libremente las personas.

 

En tal sentido, el espacio público está conformado por plazas, calles, ciclorrutas, ciclovías, parques, puentes, bibliotecas públicas, centros comunitarios y andenes, así como el mobiliario urbano, los semáforos, túneles y algunos bienes de interés cultural y patrimonial.

 

Como sucede con las copropiedades, estas áreas disponibles para todos son responsabilidad de todos y deben usarse de manera apropiada y de acuerdo con las regulaciones que impongan las administraciones locales. Por ejemplo, si bien es cierto que los parques están abiertos, ocuparlos como vivienda o tener conductas indecorosas no son admisibles desde ningún punto de vista. Algo similar sucede con los andenes, pues para algunos, forma parte del perímetro de la vivienda.

 

Pero, ¿quién tiene a su cargo el cuidado y control de estos lugares? A nivel nacional, esta tarea recae en la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, U.E.S.P. En el caso de Bogotá, el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, Daep, se encarga de la defensa, inspección, vigilancia, regulación y control de los mismos. Una y otro se amparan en la La Ley 388 de 1997, que considera al espacio público como uno de los atributos urbanos claves para el Ordenamiento Territorial. Antes de ella, en el artículo 82 de la Constitución Política de 1991 se expresa que el Estado debe velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, que tiene prevalencia sobre el interés particular. De ahí se desprende que existan límites y alcances, así como violaciones que se castigan, de acuerdo con las disposiciones vigentes: encerrar un parque o una plaza para limitar el acceso de las personas, tirar la basura a la calle, escribir en los postes, ocupar un parque, pegar avisos en los monumentos públicos o, una de las más comunes, extender la vivienda más allá de los límites del predio y apoderarse del andén. Es curioso, pero todavía no existe plena conciencia de que los andenes no forman parte de la vivienda y que, en este sentido, no son propiedad privada. Persisten prácticas como limitar el tránsito de las personas o de las mascotas por ellos o adelantar una ampliación en la fachada hasta sobrepasar el sardinel. Todas estas conductas están penalizadas y a policía nacional tiene la potestad de imponer las sanciones y/o multas pertinentes.

 

Por eso, como de trata de cuidar entre todos los espacios de todos, debemos ser garantes del uso correcto del espacio público. Hábitos tan sencillos como respetar los carriles de la ciclorruta, depositar la basura en los contenedores previstos para este fin, mantener los parques limpios y respetar los límites de la vivienda, entre otros, harán que vivamos más tranquilos y cómodos en la misma ciudad. Buena parte de las medidas de buen uso parten de la educación y la sana convivencia, pero otras, que atañen a las construcciones o remodelaciones, deben evaluarse, realizare y analizarse con la ayuda de expertos, de manera que se respeten los límites y linderos de la vivienda.