Diferencias entre depósitos de bajo monto y cuentas de ahorros

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 9-junio-2022

 

Principales diferencias entre los depósitos de bajo monto y las cuentas de ahorros.

 

Al cierre del año 2021, el índice de inclusión financiera en Colombia se ubicó por encima del 80 %, es decir, que en promedio 8 de cada 10 adultos en Colombia tuvieron acceso al menos a un producto financiero1. Entre las razones que explican el mayor acceso a productos y servicios financieros, figuran las denominadas billeteras digitales o plataformas de servicios financieros, que facilitan las transferencias, depósitos, retiros y pagos a través de medios electrónicos, sin la necesidad de contar con una tarjeta o cuenta bancaria tradicional.

 

Estas billeteras digitales, como Daviplata, Nequi, Movii, Coink y Powwi por mencionar algunas, operan a través de depósitos de bajo monto y depósitos ordinarios, denominación bajo la cual se unificaron los depósitos electrónicos, cuentas de ahorro trámite simplificado (CATS) y cuentas de ahorro electrónicas2. Estos depósitos de bajo monto son depósitos a la vista, exigibles desde el momento de su constitución, que cuentan con las siguientes condiciones que lo diferencian de otros tipos de depósitos, entre ellos, los ordinarios y las cuentas de ahorro:

 

Producto Condiciones

Depósito de bajo monto

Depósito ordinario

Cuenta de ahorro

Población objetivo

Personas naturales

Personas naturales y jurídicas

Personas naturales y jurídicas

Entidades autorizadas

Establecimientos de crédito, Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos SEDPE y cooperativas

Establecimientos de crédito, Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos SEDPE y cooperativas

Establecimientos de crédito

Saldo máximo

No podrá exceder 8 SMLMV

-

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Monto acumulado

No podrá exceder 8 SMLMV

-

-

Terminación

Terminación unilateral en caso de que el depósito permanezca sin fondos durante un plazo no inferior a 3 meses

Terminación unilateral en caso de que el depósito permanezca sin fondos durante un plazo no inferior a 3 meses

-

Tasa de interés

Es potestativo el reconocimiento de una tasa de interés

Es potestativo el reconocimiento de una tasa de interés

Por mandato legal, deberán reconocer una tasa de interés

Numero de cuentas

Una por cada entidad

-

-

 

Aunado a lo anterior, la Superintendencia Financiera mediante oficio 2021239236-001 del 24 de diciembre de 2021, señaló que los depósitos de bajo monto y ordinarios no son asimilables a las cuentas de ahorros y corrientes, en tanto los depósitos de bajo monto y ordinarios tiene una finalidad esencialmente transaccional, a partir de la cual se definieron algunas de sus características principales, como, por ejemplo, la posibilidad o no de ser remunerados, aspecto que los diferencia frente a los productos de la sección de ahorro de los establecimientos bancarios, en los cuales, por mandato de la ley, se deben reconocer intereses sobre los recursos captados3.

 

En conclusión, si bien las cuentas de ahorros y los depósitos de bajo monto comparten la naturaleza jurídica de ser depósitos a la vista, existen diferencias como la libertad de las entidades para remunerar o no los recursos depositados, así como para terminar el contrato unilateralmente (al permanecer el depósito sin fondos) y los límites de saldo y monto acumulable aplicables a los depósitos de bajo monto, que permiten concluir que los depósitos de bajo monto y las cuentas de ahorro corresponden a dos productos financieros distintos4.

 

Referencias:

1. Reporte Trimestral de Inclusión Financiera 2021, Banca de las Oportunidades.

2. Decreto 222 del 14 de febrero de 2020, Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

3. Oficio 2021239236-001 del 24 de diciembre de 2021, Superintendencia Financiera de Colombia.

4. Concepto 2022026383-002-000 del 17 de febrero de 2022, Superfinanciera.

 

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