Proyecto de open banking o finanzas abiertas en Colombia

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 9-diciembre-2021

Aspectos más relevantes del Proyecto de Decreto sobre open banking en Colombia.

 

El modelo de finanzas abiertas u open banking consiste en el intercambio, transferencia y circulación de datos del consumidor financiero a otras entidades financieras a través de interfaces de programación de aplicaciones informáticas estandarizadas conocidas como API’s (por sus siglas en inglés)1. A diferencia del modelo de finanzas tradicional, donde los datos de los consumidores financieros permanecen bajo la custodia exclusiva de las entidades financieras, el modelo de open banking permite que los consumidores, como titulares de sus datos personales y financieros, autoricen la transferencia de sus datos a otras entidades financieras o terceros especializados.

 

Dicho esto, la Unidad de Regulación Financiera (URF) presentó para comentarios del público el Proyecto de Decreto que regula las finanzas abiertas en Colombia, con el propósito de alinearse a los estándares internacionales en materia de intercambio de datos y protección del consumidor financiero, así como profundizar la competencia, inclusión y eficiencia en la prestación de los servicios financieros2.

 

El citado Proyecto de Decreto establece la regulación para el acceso a los datos del consumidor financiero, la creación de nuevas actividades como la de iniciación de pagos, la definición de estándares tecnológicos que promueven la digitalización financiera, y en particular regula los siguientes aspectos:

  1. Precisar las normas aplicables a la transferencia de datos del consumidor entre entidades financieras.
  2. Fomentar el acceso a dicha información en favor del desarrollo de nuevos servicios y funcionalidades financieras.
  3. Definir las reglas bajo las cuales las entidades pueden comercializar sus servicios financieros a través de plataformas electrónicas.
  4. Elevar los estándares de protección de la información del consumidor financiero3.

 

Por otra parte, la URF destaca que la implementación del modelo de finanzas en Colombia generará ventajas al consumidor financiero en términos de acceso a una amplia oferta de productos y servicios financieros, así como la personalización de los productos y servicios que se ajusten a las necesidades de cada consumidor en particular. Del mismo modo, sostiene que el modelo de finanzas abiertas beneficiará a los actores del sistema financiero, al expandir el acceso a más clientes y mejorar la calidad, costos y financiamientos de los servicios financieros, e impulsará la competitividad de los actores emergentes del sistema financiero4.

 

Por último, señala que la implementación del modelo de open banking en Colombia impondrá nuevos desafíos regulatorios, en materia de protección a los datos personales del consumidor, el control y mitigación de los delitos cibernéticos, por mencionar algunos. Sin embargo, concluye que este modelo de finanzas abiertas generará un valor agregado en los ecosistemas financieros del país, e impulsará los procesos de digitalización bancaria5.

 

Referencias

1. Financial data unbound: The value of open data for individuals and institutions (2021), McKinsey Global Institute

2. Proyecto de Decreto SIN NUM “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la regulación de las finanzas abiertas en Colombia”, Unidad de Regulación Financiera URF.

3. Ibidem.

4. Open Banking nueva oferta de servicios financieros, (2021), URF y Ministerio de Hacienda y Crédito Público

5. Ibidem

 

Topics: Derecho Laboral