Pérdida de oportunidad al obtener un beneficio o de evitar un menoscabo

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 29-enero-2023

Cuál es la pérdida de oportunidad al obtener un beneficio o de evitar un menoscabo

 

La pérdida de oportunidad o pérdida de chance hace relación a todos los eventos en los cuales una persona se encontraba en situación de poder conseguir un provecho, de obtener una ganancia o beneficio o de evitar una pérdida, pero que fue impedido por el hecho de otro sujeto, acontecer o conducta ésta, que genera la incertidumbre de saber si el efecto beneficioso se habría producido, o no, pero que al mismo tiempo da lugar a la certeza consistente en que se ha suprimido de modo irreversible una expectativa o una probabilidad de ventaja patrimonial.

 

Esa oportunidad perdida constituía, en sí misma, un interés jurídico que facultaba a quien lo ha visto salir de su patrimonio -material o inmaterial- para actuar en procura de o para esperar el acaecimiento del resultado que deseaba, razón por la cual la antijurídica frustración de esa probabilidad debe generar para el afectado el derecho a alcanzar el correspondiente resarcimiento.

 

Constituye, entonces, una particular modalidad de daño caracterizada porque en ella coexisten un elemento de certeza y otro de incertidumbre: la certeza de que en caso de no haber mediado el hecho dañino el damnificado habría conservado la esperanza de obtener en el futuro una ganancia o de evitar una pérdida para su patrimonio y la incertidumbre, definitiva ya, en torno de si habiéndose mantenido la situación fáctica y/o jurídica que constituía presupuesto de la oportunidad, realmente la ganancia se habría obtenido o la pérdida se hubiere evitado; expuesto de otro modo, a pesar de la situación de incertidumbre, hay en este tipo de daño algo actual, cierto e indiscutible consistente en la efectiva pérdida de la probabilidad de lograr un beneficio o de evitar un detrimento.

 

 

Topics: Actualización jurídica, Pérdida de oportunidad