A partir del año 2015, en Colombia se estableció la obligación de presentar la declaración anual de activos en el exterior, obligación que cada día toma mas relevancia si tenemos en cuenta los cada vez más frecuentes Acuerdos de Intercambios de Información con las autoridades extranjeras. A continuación, te mostramos los temas mas importantes a considerar sobre esta declaración tributaria que hace parte del portafolio de declaraciones tributarias exigidas en Colombia.
¿Qué es la declaración anual de activos en el exterior?
Es una obligación tributaria para residentes fiscales en Colombia, contribuyentes del impuesto sobre la renta y del régimen simple que a 1° de enero de cada año poseen activos en el exterior. Su propósito es informar a la DIAN sobre estos activos.
¿Quiénes deben declararla?
¿Qué activos se deben declarar?
¿Cómo se valoran los activos?
Si el contribuyente está obligado a llevar contabilidad, deberá atender la valoración dispuesta en el estatuto tributario, dependiendo la naturaleza del inmueble, si es activo movible o activo fijo.
¿Cuándo se presenta la declaración?
Los plazos varían según sea un gran contribuyente, persona jurídica o persona natural conforme el último dígito o los dos últimos del NIT del declarante. En general, se presenta entre abril y octubre de cada año.
Para el año 2024, según lo establecido en el artículo 1.6.1.13.2.26 del DUR 1625 de 2016, la presentación de la declaración anual de activos en el exterior se deberá cumplir en los siguientes plazos según corresponda:
Si el último dígito es |
Hasta el |
1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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5 |
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6 |
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7 |
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8 |
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9 |
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0 |
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Si los dos últimos dígitos son |
Hasta el |
01 y 02 |
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03 y 04 |
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05 y 06 |
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07 y 08 |
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09 y 10 |
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11 y 12 |
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13 y 14 |
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15 y 16 |
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17 y 18 |
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19 y 20 |
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21 y 22 |
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23 y 24 |
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25 y 26 |
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27 y 28 |
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29 y 30 |
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31 y 32 |
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33 y 34 |
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35 y 36 |
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37 y 38 |
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39 y 40 |
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41 y 42 |
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43 y 44 |
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45 y 46 |
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47 y 48 |
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49 y 50 |
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51 y 52 |
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53 y 54 |
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55 y 56 |
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57 y 58 |
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59 y 60 |
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61 y 62 |
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63 y 64 |
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65 y 66 |
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67 y 68 |
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69 y 70 |
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71 y 72 |
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73 y 74 |
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75 y 76 |
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77 y 78 |
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79 y 80 |
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81 y 82 |
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83 y 84 |
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85 y 86 |
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87 y 88 |
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89 y 90 |
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91 y 92 |
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93 y 94 |
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95 y 96 |
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97 y 98 |
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99 y 00 |
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¿Cómo se presenta la declaración?
Electrónicamente a través del portal web de la DIAN, utilizando el formulario 160.
Sanciones por no declarar o hacerlo tardíamente:
En caso de no presentarse, la sanción corresponderá al cinco por ciento (5%) del patrimonio bruto que figure en la última declaración del impuesto sobre la renta y complementarios presentada, o al cinco por ciento (5%) del patrimonio bruto que determine la administración tributaria por el período a que corresponda la declaración no presentada, el que fuere superior (E.T., art. 643, num. 8º).
El contribuyente obligado que cumpla su deber tardíamente, estaría sujeto a la sanción por extemporaneidad (E.T., art. 641, Par. 1° modificado por el artículo 110 de la ley 2010 de 2019) y que consiste en el 0,5 % del valor de los activos poseídos en el exterior, si la declaración se presenta antes del emplazamiento previo por no declarar, o del 1 % si se presenta después. Sin embargo, dicha sanción no podrá superar el 10 % de los activos poseídos en el exterior. Esta sanción podría liquidarse de forma reducida (al 50 % o 75 %) si se cumple con las condiciones señaladas en el artículo 640 del estatuto tributario.
Efectos en la declaración de renta
Adicional a lo anterior, no se debe perder de vista que los activos en el exterior se deben reflejar en el formulario del impuesto sobre la renta en el respectivo reglón de patrimonio, según corresponda al año gravable. Pues los residentes fiscales en Colombia que cumplan los requisitos para ser declarantes de renta, están obligados a presentar en esta declaración, los ingresos obtenidos en el país y en el extranjero, así como el patrimonio poseído en el país y en el exterior. Dicha inclusión, es importante ya que en caso de repatriación de las inversiones o sus rendimientos existirá correspondencia en las declaraciones de renta y será el medio para justificar el aumento del patrimonio evitando, ya sea sanciones por omisión de activos o una posible renta por comparación patrimonial.
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