La NIIF para las Pymes, en Colombia se encuentran incorporadas al marco legal mediante el DUR 2420 del 2015, anexo técnico compilatorio 2.
Estas normas son una simplificación de las NIIF plenas, en el entendido que las Pymes no tienen transacciones de gran complejidad. No obstante, algunos requerimientos de este marco contable, especialmente los referidos al valor razonable, pueden representar para estas entidades un costo o esfuerzo desproporcionado para cumplirlos.
La versión inicial de esta norma que se emitió en 2009, en los párrafos 2.13 y 2.14 se refería al equilibrio entre el costo y el beneficio de generar la información financiera. Este principio es básico.
Esto supone que los beneficios derivados de la información no deben exceder los costos de suministrarla. Sin embargo, esta versión no era muy explícita respecto de qué pasaba cuando los costos de preparar la información eran superiores a los beneficios de esta y en general no contaba con guías precisas sobre la aplicación del concepto de costo o esfuerzo desproporcionado.
Se destaca que en las definiciones de esta versión existía el término “Impracticable[1]” y se llegó a entender que entonces cuando se presentaba esa situación (que podía ser o no cierta), las empresas dejaban de aplicar algún requerimiento de la NIIF para las Pymes.
Al respecto, el IASB emitió una Q&A 2012/01, cuyo párrafo FC4 indicaba:
“FC 4 Los párrafos 2.13 y 2.14 de la Sección 2, Conceptos y Principios Generales, hacen referencia al equilibrio entre beneficios y costos y establecen el principio general al cual el IASB se atiene para efectuar sus decisiones de desarrollos normativos. Los requerimientos contenidos en la NIIF para las Pymes deben desarrollarse considerando el equilibrio entre beneficios y costos. “Costo o esfuerzo desproporcionado” no es un principio/excepción general que pueda ser aplicado por las Pymes para cada requerimiento contable de la NIIF para las Pymes (negrita fuera de texto original).
Teniendo en cuenta lo anterior, la segunda edición de la NIIF para las Pymes, que es la versión 2015, incluyó guías específicas sobre la aplicación de la exención[2] de costo o esfuerzo desproporcionado. Estas también están incluidas en la tercera edición de la NIIF para las Pymes que posiblemente se emita a finales del 2024. Estas guías están en los párrafos 2.14A a 2.14D y en general se destacan dos aspectos:
Pero ¿Cuáles son esos eventos o circunstancias en los que se permite el uso de la exención del costo o esfuerzo desproporcionado?[3]
Son las siguientes y se han clasificado en dos partes:
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[1] “La aplicación de un requerimiento es impracticable cuando la entidad no pueda aplicarlo tras efectuar todos los esfuerzos razonables para hacerlo”. Esta definición también se encuentra en la versión 2015 de la NIIF para las Pymes.
[2] Exención significa que es voluntaria su no aplicación.
[3] Tomadas del módulo explicado para el grupo 2 de la publicación electrónica de Legis Normas de Información Financiera – Análisis integral.
[4] Esta exención se eliminaría, según el proyecto de la NIIF para Las Pymes tercera edición.