Acuerdo Parcial Comercial Colombia Venezuela de Alcance

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 29-junio-2023

Acuerdo de Alcance Parcial Comercial Colombia Venezuela ya tiene protocolo adicional

 

Una de las primeras medidas adoptadas por el gobierno de Gustavo Petro fue la de reestablecer las relaciones económicas, comerciales y diplomáticas entre Colombia y Venezuela a través de las siguientes medidas:

 

  1. Reapertura de la frontera con Norte de Santander para el paso de carga
  2. Acuerdos de Promoción y Protección de Inversiones que se tramitan en el Legislativo.
  3. Primer Protocolo Adicional del Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial
  4. Ley que ratifica el Acuerdo de Transporte Internacional de Carga y de Pasajeros por Carretera ya aprobado en el Legislativo.

 

En esta oportunidad me referiré al Decreto 609 del pasado 26 de abril con el que se reactivó el Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial (AAPC) número 28 entre Colombia y Venezuela mediante el primer Protocolo Adicional del AAPC que se adoptó en el marco de la reunión extraordinaria de la Comisión Administradora del pasado febrero, no sin antes contextualizar el decreto recordando sus antecedentes y el contenido del Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial AAPC 28.

 

 

Un poco de historia

 

Venezuela denunció el Acuerdo de Cartagena (Comunidad Andina) el 22 de abril 2006, y los países quedaron sin un marco legal que regulara la relación comercial bilateral.

 

Fue así como pasados 5 años a partir de la denuncia por parte de Venezuela, cesaron las preferencias arancelarias bajo el esquema de la Comunidad Andina y los flujos de comercio bilateral continuaron mediante concesiones unilaterales otorgadas por Venezuela, mientras que Colombia mantuvo las preferencias de la Decisión 746 de la CAN.

 

El AAPC 28 les dio un marco jurídico a las relaciones comerciales entre Colombia y Venezuela

 

El Acuerdo de Alcance Parcial de carácter Comercial AAPC 28 fue suscrito el 28 de noviembre de 2011 y sus anexos el 15 de abril de 2012. El proceso de incorporación a la legislación colombiana se surtió mediante el Decreto 1860 de 2012 que permitió su aplicación provisional, mientras que adelantaba la aprobación de la Ley en Venezuela, que se completó en 2012.

 

Colombia notificó a la Secretaría General de la ALADI, el cumplimiento de las disposiciones legales internas el 24 de septiembre de 2012 y Venezuela el 16 de octubre. A dicho instrumento jurídico le correspondió el número 28 dentro de la categoría de Acuerdo de Alcance Parcial de carácter Comercial. Las Partes acordaron aplicar el Acuerdo a partir del 19 de octubre de 2012.

 

La Ley 1722 fue sancionada el 3 de julio de 2014 y mediante Sentencia C-210/16 del 27 de abril de 2016, la Corte Constitucional declaró exequible la ley y el acuerdo comercial con Venezuela.

 

El AAPC 28 incorporó un tratamiento preferencial a exportaciones de Colombia a Venezuela y de Venezuela a Colombia, a partir del comercio histórico entre ambos países, lo que que incluye la totalidad de las subpartidas para las cuales existió intercambio comercial entre 2006 y 2010, y las otras disciplinas aplicables al comercio bilateral, así:

 

  • Tratamiento Arancelario Preferencial (Anexo I);
  • Régimen de origen (Anexo II);
  • Normas técnicas (Anexo III);
  • Medidas sanitarias, zoosanitarias y fitosanitarias (Anexo IV);
  • Medidas de defensa comercial (Anexo V) y
  • Mecanismo de solución de controversias (Anexo VI).

 

No es un secreto que la relación entre los dos países siempre ha sido complicada y acompañada de rupturas y reconciliaciones, pero desde la firma del AAPC ha pasado mucho tiempo que aparte de las consideraciones de carácter político o social han afectado gravemente el intercambio comercial. Y es que, aunque nuestros modelos de desarrollo sean aparentemente distintos, el objetivo siempre será el mismo; mejorar el de bienestar de los dos países. Esta es la razón por la cual un marco jurídico para el comercio bilateral empuja el desarrollo de las economías lo que a la larga se traducirá en crecimiento y equilibrio en el comercio internacional.

 

Protocolo Adicional del Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial para el que se negoció una profundización

 

En febrero de 2023 se celebró una reunión extraordinaria de la Comisión Administradora del Acuerdo, en la cual se adoptó el Primer Protocolo Adicional al AAPC 28.

 

El 26 de abril de 2023 fue expedido Decreto 609 con el que se reactivó definitivamente el AAPC 28 con una profundización que incluyó preferencias arancelarias a 710 productos de exportación de Colombia a Venezuela y a 515 de exportación de Venezuela a Colombia, que se suman a los aproximadamente 5.000 incluidos en el Acuerdo de 2011 pertenecientes a sectores de la industria petroquímica, maderas, autopartes, papel, materiales de construcción, manufacturas de vidrio, cosméticos, productos de aseo personal, productos de los sectores cárnico, lácteo, hortalizas y frutas, aceites, café, maíz, harinas y azúcares.

 

Según lo que ha manifestado el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, “Una de las apuestas de nuestra política de comercio exterior es fortalecer la integración con América Latina y El Caribe, en la que Venezuela es uno de los pilares esenciales”.

Con la profundización del Acuerdo número 28 también se busca estimular los encadenamientos productivos y las complementariedades entre las dos economías.

El paso a seguir es enviar la comunicación a la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi), notificando el cumplimiento de las disposiciones legales internas para la aplicación del protocolo, cumpliendo así con lo dispuesto por los mecanismos del Acuerdo. Es de esperar que con esta profundización se fomente la integración, el desarrollo y el equilibrio económico mediante el comercio bilateral.

 

El comercio entre Colombia y Venezuela en cifras

 

Según cifras del Ministerio de El comercio entre Colombia y Venezuela en el primer trimestre de este año el comercio entre los dos países alcanzó los US$182,2 millones, un crecimiento del 47,4% con relación al mismo periodo del 2022.

Y entre enero y abril, las exportaciones de Colombia hacia Venezuela alcanzaron los US$187,9 millones con un crecimiento del 16,6%. El 94,6% corresponde a bienes no mineros (US$177,8 millones), las que crecieron 14,7%.
 

  • En la gráfica que vemos a continuación, tomada del Módulo de Estadísticas del portal Legiscomex, vemos como los productos más exportados durante el primer trimestre del año no son minero energéticos, por el contrario, alimentos, abonos, dulces, etc. ocupan los primeros lugares entre los más exportados lo que esperamos sea el inicio de una etapa con tendencia al crecimiento del comercio bilateral.

 

 

 

 

Topics: comercio exterior, Colombia, Venezuela, Acuerdo Comercial