¿Proteccionismo de los mercados con aranceles inteligentes?

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 25-mayo-2023

¿Proteccionismo de los mercados con aranceles inteligentes?

 

En el mundo, los aranceles inteligentes son una propuesta económica que busca abordar uno de los desafíos más urgentes que enfrentamos hoy en día: el cambio climático. En esencia, los aranceles inteligentes son una forma de incentivar a los países productores a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero y promover un comercio más justo y sostenible.

 

Los aranceles inteligentes se basan en la idea de que los productos importados deberían estar sujetos a un impuesto adicional en función de su huella de carbono. Esto significa que los productos que generan mayores emisiones de gases de efecto invernadero durante su producción y transporte serían gravados con un arancel más alto que los productos que son más sostenibles en términos ambientales.

 

La implementación de los aranceles inteligentes tiene como objetivo incentivar a los países productores a adoptar medidas para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero y desempeñar un papel más activo en la lucha contra el cambio climático.

 

Los aranceles inteligentes tienen el poder de proteger a los países que están haciendo esfuerzos para reducir su propia huella de carbono de la competencia desleal de los países que no están tomando medidas para combatir el cambio climático y generar un impacto significativo en el comercio internacional, por lo tanto, es importante evaluar cuidadosamente los beneficios y los costos de esta política.

 

En términos de beneficios, los aranceles inteligentes pueden ayudar a:

  • Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero
  • Promover prácticas comerciales más sostenibles.
  • Generar ingresos para los gobiernos para financiar programas y políticas que permitan combatir el cambio climático.

No obstante, existen riesgos asociados con la implementación de los aranceles inteligentes:

  • Pueden aumentar los precios de los productos importados, afectando a los consumidores y aumentando la inflación.
  • Pueden ser vistos como una forma de proteccionismo, provocando tensiones comerciales y dañando las relaciones internacionales.

¿Cómo implementará el arancel inteligente Colombia?

 

En el caso de Colombia, el artículo 259 del texto conciliado del Proyecto de Ley 274 de 2023 Cámara – 338 de 2023 Senado, “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022- 2026 (PND) “Colombia potencia mundial de la vida, dispone que "El Gobierno Nacional promoverá la defensa comercial de la Nación mediante una política de remedios comerciales y aranceles inteligentes, con el fin de lograr un equilibrio en las condiciones de competencia para la producción nacional frente a las importaciones y la defensa de las ramas de la producción afectadas por prácticas desleales y maniobras contrarias al libre comercio internacional, la soberanía alimentaria y el adecuado funcionamiento del mercado.

 

El Gobierno Nacional estará autorizado para adoptar medidas comerciales de carácter restrictivo o de fomento, por razones de seguridad nacional, incluyendo soberanía alimentaria y protección de la industria y el mercado. Lo anterior se definirá conforme a la Constitución, las leyes y las obligaciones internacionales de Colombia. Igualmente, podrá adoptar medidas de carácter recíproco frente a las medidas que adopte un gobierno extranjero o ente soberano, por razones seguridad nacional u otras razones internas que no sean sujetas a control legal bajo los mecanismos de solución de diferencias internacionales vigentes".

 

Con esta disposición Colombia fijaría una política de aranceles inteligentes y de defensa comercial fundamentados en la soberanía alimentaria y la protección a la industria, sin establecer las acciones que puede adelantar la rama ejecutiva del poder público para concretar estas medidas.

 

Nótese como el texto del proyecto del PND señala que se definirán las acciones conforme a la Constitución, las leyes y las obligaciones internacionales de Colombia, o en otras palabras las incluidas en los tratados comerciales y en los acuerdos multilaterales que lo obligan a justificar internacionalmente las medidas adoptadas en el marco de la Ley del Plan.

 

La cuestión es que Colombia al ser miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC), debe respetar los principios allí establecidos dentro de los cuales está el de no incrementar el Arancel Nación Más Favorecida (NMF) a otro país miembro como método de proteccionismo del mercado nacional.

 

En virtud del principio de NMF las condiciones más favorables de acceso concedidas a un país deben otorgarse automáticamente a todos los demás participantes en el sistema. El glosario de la OMC define el Arancel NMF como el "Arancel normal no discriminatorio aplicado a las importaciones (excluye los aranceles preferenciales previstos en acuerdos de libre comercio y otros regímenes o aranceles aplicables en el marco de los contingentes".

 

Si Colombia aplica excepciones al principio de NMF por razones de interés nacional con fundamento en el PND, se apartaría del principio de la OMC que limita los eventos mediante los cuales un país puede establecer restricciones comerciales, de hecho, es la misma OMC la que establece los mecanismos de defensa comercial, de protección de distorsiones de los mercados, o, de competencia leal, entre los cuales se encuentran las medidas antidumping, las salvaguardias y los derechos compensatorios.

 

Así mismo, según los Acuerdos de la OMC, con respecto a los derechos de aduana y cargas impositivas a las importaciones o a las exportaciones, cualquier ventaja, favor, privilegio o inmunidad concedidos por país miembro a un producto originario de otro país o destinado a él, será concedido inmediata e incondicionalmente a todo producto similar originario de los territorios de todas las demás partes contratantes o a ellos destinado.

 

Aumentar los aranceles aplicando la figura de los aranceles inteligentes, podría vulnerar el principio de la Nación más Favorecida bajo el argumento de la defensa comercial del mercado nacional desconociendo otras medidas como el antidumping, las salvaguardias o los derechos compensatorios, usadas en el comercio internacional y reglamentadas en todos los acuerdos internacionales a los que pertenece Colombia. Si lo que busca el Gobierno es aumentar la inversión no minero-energética, debe establecer cómo implementará lo establecido en el PND sin generar incertidumbre económica y comercial y respetando lo acordado en la OMC.

Topics: comercio exterior, Mercados Inteligentes, Aranceles