Cuidado con las multas por no sacar licencia de construcción

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 29-junio-2022

 

Multas por no sacar licencia de construcción: que no te tomen por sorpresa

 

A pesar de los elevados precios en algunos insumos claves, la construcción sigue en plena marcha. Lo cierto es que sigue siendo un “jalonador” importante de la economía, como lo hemos mencionado en varios artículos, y una prioridad para el gobierno saliente, que ha implementado varios programas y subsidios para facilitar la adquisición de vivienda.

 

No obstante, las cifras ambiciosas de Camacol para el 2022, que estima que se venderán 267.000 viviendas nuevas en Colombia, de las que 186.000 serán sociales, podrían verse afectadas por la llamada crisis de los insumos. Sucede que el encarecimiento de materiales claves, como el acero, el cemento y el cobre, puede incrementar los precios de venta de los inmuebles. A ello se suman las condiciones del nuevo POT de Bogotá, que se replicará a las demás regiones (exceptuando Antioquia, pues Medellín ya tiene el suyo hace varios años); las sanciones urbanísticas y el código de policía.

 

En este orden de ideas, la industria de la construcción se encuentra a la expectativa: por un lado, intentando mantener los precios de venta al público sin trasladar los incrementos en materias primas, cosa que solo algunos se pueden permitir, por otro, interpretando y aplicando la nueva reglamentación, actualizando licencias y revisando proyectos para, además de ajustarse a la normativa, seguir siendo rentables y sostenibles.

 

Esto es posible para las firmas que se ajustan a las disposiciones, que se ciñen a la ley y cuentan con procesos que involucran los aspectos legales dentro de su flujo de producción, para evitarse inconvenientes que resulten onerosos. Para otras más “informales”, será complejo continuar marginados de las nuevas regulaciones que rigen al sector. La historia demuestra que hay quienes sigue construyendo sin tomar en cuenta lo que dispone la ley, como contar con una licencia de construcción debidamente diligenciada ante la curaduría. Por eso, dedicaremos dos capítulos de nuestro blog a este espinoso tema; lo cierto es que ante dudas y consultas. Por ejemplo, hay quienes esgrimen la declaración de la construcción como el argumento que los blinde ante posibles sanciones.

 

Vale la pena aclarar que la declaración de construcción es la manifestación en una escritura pública de las condiciones en las que fue realizada una construcción. La debe realizar el propietario o propietarios del inmueble y debe registrar las licencias y permisos que fueron otorgados por la autoridad urbanística competente. Como vemos, en este documento se adjuntan las licencias; así las cosas, no reemplaza, de ninguna manera, la licencia de construcción.

 

Para tramitar la Declaración de construcción se requiere la documentación del interesado (bien sea la cédula de ciudadanía, para persona natural, o el certificado de constitución y gerencia, para las personas jurídicas); también se precisa la licencia de construcción y la manifestación de que consta la declaración de construcción (que es la descripción de la obra) y el valor de la declaración.

 

De cualquier manera, contar con este documento no te exime de la licencia de construcción y te puede enfrentar a sanciones urbanísticas, según la Ley, la cual modifica la Ley 388 de 1997. Las multas, en este sentido, pueden ser de 8 hasta 15 salarios mínimos legales vigentes por metro cuadrado de intervención sobre el suelo o por metros cuadrados de construcción según sea el caso. El máximo serán 200 salarios mínimos legales vigentes.


En nuestra próxima entrega, abordaremos en profundidad las multas por no contar con licencia de construcción.

 

Topics: Sanciones urbanísticas