¿Cuáles son los delitos que el revisor fiscal debe denunciar?

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 14-noviembre-2023

Este es el detalle de los delitos que el revisor fiscal está obligado a denunciar

En un artículo anterior de este blog, se describieron los efectos para el contador público de la Ley 2195 del 2022, conocida como Ley de Transparencia. Uno de los impactos de la norma fue la inclusión de varios delitos, que el revisor fiscal debe denunciar en el desarrollo de su trabajo, o de lo contrario su tarjeta profesional podría ser cancelada.

En general, los delitos que el revisor fiscal está en la obligación de denunciar son los siguientes:

  1. Contra la administración pública.
  2. Contra el medio ambiente.
  3. Contra el orden económico y social.
  4. De financiación del terrorismo y de grupos de delincuencia organizada y administración de recursos relacionados con actividades terroristas y de la delincuencia organizada.
  5. Los consagrados en la Ley 1474 del 2011.
  6. Cualquier conducta punible relacionada con el patrimonio público económico.

Aprovechando la intervención de Luisa Salcedo, Presidente del Instituto Colombiano de Contadores Públicos-INCP, en la XV versión del foro de firmas de la Pontificia Universidad Javeriana celebrado el pasado 11 de octubre del 2023, en la que se hizo referencia a la amplitud de los delitos a denunciar por el revisor fiscal, a continuación se presenta un mayor detalle de los mencionados delitos, sin esperar que se hayan incluido la totalidad de las conductas punibles y que ellas puedan ser complementadas.

Denominación general del delito según el numeral 5º del artículo 26 de la Ley 43 de 1990

Discriminación de los delitos

Artículos del código penal

Contra la administración pública

Peculado

397 a 403A

Concusión

404

Cohecho

405 a 407

Celebración indebida de contratos

406 a 410A

Tráfico de influencias

411 a 411A

Enriquecimiento ilícito

412

Prevaricato

413 a 415

Abuso de autoridad y otras infracciones

416 a 424

Usurpación y abuso de funciones públicas

425 a 428

Delitos contra los servidores públicos

429 a 430

Utilización indebida de información y de influencias derivadas del ejercicio de función pública

431 a 434

Defraudación y la evasión tributaria, omisión de activos e inclusión de pasivos inexistentes

434A a 434B

Contra los recursos naturales y el medio ambiente

Contra los recursos naturales

328 a 332

Daños en los recursos naturales

333

Contaminación ambiental

334 a 335

Invasión de áreas de especial importancia ecológica

336 a 336A

Contra el orden económico social

Acaparamiento, la especulación y otras infracciones

297 a 313

Contra el sistema financiero

314 a 317

Urbanización ilegal

318

Contrabando

319 a 322-1

Lavado de activos

323 a 327

Apoderamiento de los hidrocarburos, sus derivados, biocombustibles o mezclas que los contengan

327A a 327E

De financiación del terrorismo y de grupos de delincuencia organizada y administración de recursos relacionados con actividades terroristas y de la delincuencia organizada

 

345

Los consagrados en la Ley 1474 del 2011

 

NOTA: Esta ley dicta normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública y se refiere a varios delitos, entre ellos:

Celebración indebida de contratos

406 a 410A

Estafa

246 a 247

Abuso de confianza (corrupción privada)

250A

Abuso de confianza (administración desleal)

250B

De las defraudaciones (Utilización de información privilegiada)

258

Acaparamiento, la especulación y otras infracciones (especulación de medicamentos)

298, inc. 2º

Acaparamiento, la especulación y otras infracciones (agiotaje de medicamentos)

301, inc. 2º

Acaparamiento, la especulación y otras infracciones (evasión fiscal)

313

Lavado de activos (omisión de control en el sector salud)

325B

Peculado (por aplicación oficial diferente frente a recursos de la seguridad social)

399A

Peculado (culposo frente a recursos de la seguridad social integral)

400A

Peculado (fraude de subvenciones)

403A

Celebración indebida de contratos (acuerdos restrictivos de competencia)

410A

Tráfico de influencias (de particular)

411A

Enriquecimiento ilícito

412

Utilización indebida de información y de influencias derivadas del ejercicio de función pública (Soborno transnacional)

433

Falso testimonio (soborno y soborno en actuación penal)

444 y 444A

Conductas punibles relacionadas con el patrimonio público económico

 

Esta categoría es muy general, pues no existe una tipificación precisa de delitos contra el patrimonio público económico.  

 

NOTA: Podría indicarse que los delitos contra la administración pública forman parte de esta categoría, pero habría otros, dependiendo del hecho como tal, que podrían enmarcarse dentro de este grupo, dependiendo si el objeto material de la conducta involucra o no el patrimonio público.

 

Por lo anterior, en esta sección se presentan aquellas que se considera pueden estar relacionadas con el patrimonio público económico. Estas pueden haber sido mencionadas en categorías anteriores.

Delitos contra la administración pública

397 a 434B

Delitos contra el patrimonio económico

·         Hurto (arts. 239 a 243B).

·         Extorsión (arts. 244 a 245).

·         Estafa (arts. 246 a 247).

·         Fraude mediante cheque (art. 248).

·         Abuso de confianza (arts. 249 a 250B).

·         Defraudaciones (arts. 251 a 260).

·         Usurpación (arts. 261 a 264).

·         Daño (arts. 265 a 266.

 

Como se aprecia del cuadro anterior, no son pocos los delitos que el revisor fiscal está en obligación de denunciar. Claro, siempre y cuando los detecte en el ejercicio de su cargo. Para esto, será crucial el desarrollo y adecuada conservación de los papeles de trabajo respectivos que soporten la realización de las diversas pruebas que considere conveniente realizar, incluyendo su programa de auditoría.

La tarea de denunciar los mencionados delitos puede resultar algo muy complejo, dependiendo de las circunstancias, no obstante, el debate de determinar si es una tarea que desborda las capacidades del revisor fiscal, debe darse en otros escenarios, como la realización de los debidos comentarios a las normas que imponen estas obligaciones.

El objetivo del presente escrito es solo brindar un mayor detalle de los delitos que se indican en el numeral 5º del artículo 26 de la Ley 43 de 1990, modificado por la Ley 2195 del 2022, y que imponen al revisor fiscal la obligación de denunciarlos. Se considera que este listado brinda un mayor panorama de todas las conductas que debe tener en cuenta el revisor fiscal y que, dependiendo de la entidad para la que preste sus servicios, será necesario considerarlos en sus planes de trabajo.

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Topics: Revisor fiscal, Delitos, Denuncia