El decreto sobre el teletrabajo

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 28-julio-2022

 

Características del decreto de teletrabajo en Colombia.

 

Con la expedición del Decreto 1227 de 2022 por parte del Ministerio del Trabajo, se generan algunas modificaciones importantes a la vinculación laboral sobre el teletrabajo.

 

El teletrabajo ha tenido un papel crucial en los últimos años, debido a que, por efectos de la pandemia, millones de trabajadores debieron refugiarse en sus hogares para desarrollar sus actividades laborales, y por lo tanto, empleadores y trabajadores acudieron a esta figura del derecho laboral, cuyo principal objetivo era evitar que un porcentaje mayor de personas perdieran sus puestos de trabajo.

 

Por otra parte, las tecnologías de la comunicación y la información también han generado algunos retos importantes en el desarrollo de las relaciones del teletrabajo, por esa razón se hace necesario hacer algunas modificaciones a las condiciones actuales, mejorando en la implementación de dichas tecnologías.

 

Adicionalmente, es importante que los servidores públicos se adapten a los entornos acelerados y cambiantes, con el fin de mejorar sus capacidad, habilidades, destrezas y conocimientos en la denominada cuarta revolución industrial.

 

Por último, con la modalidad de teletrabajo suplementario, el cual implica la posibilidad de laborar alternativamente, de manera presencial y virtual en la jornada laboral semanal, y que requiere de una flexibilidad organizacional y a la vez de la responsabilidad, confianza, control, disciplina y orientación a resultados por parte del teletrabajador y de su empleador.

 

Adquiere el Régimen del Empleado Oficial donde encontrarás las relaciones laborales de las ramas del Poder Público y de los organismos de control de los entes descentralizados y del orden territorial.

 

Luego de hacer un breve análisis de las razones por las cuales se hacen necesarias algunas modificaciones de las condiciones del teteletrabajo, se hará mención de los principales cambios surgidos con el Decreto 1227 de 2022.

 

En primer lugar, el Decreto obliga al empleador a informar a la ARL la forma de teletrabajo que va a desarrollar el trabajador, y la dirección del lugar desde donde desarrollará las actividades para el caso de los teletrabajadores autónomos y suplementarios, por su parte para los trabajadores móviles, debe informar las condiciones bajo las cuales se ejecutará la labor contratada. Para cualquier modalidad de teletrabajo, el empleador indicará la jornada semanal aplicable, la clase de riesgo que corresponde a las labores ejecutadas y la clase de riesgo correspondiente a la empresa, entidad o centro de trabajo.

 

Adicionalmente el empleador debe suministrar al teletrabajador equipos de trabajo y herramientas de trabajo adecuadas para la tarea a realizar y garantizar que reciba formación e información sobre los riesgos derivados de la utilización de los equipos informáticos.

 

Por último el empleador debe garantizar el derecho a la desconexión laboral y evitar los impactos que se pueden generar en la salud mental y en el equilibrio emocional de los teletrabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 2191 de 2022 y las normas que la modifiquen, sustituyan y adicionen.

 

Por otra parte el teletrabajador debe cumplir con las siguientes obligaciones indispensables para efectos de realizar sus labores; entre otras se encuentran las siguientes:

En primer lugar debe participar en las actividades de prevención y promoción organizadas por la empresa o entidad, el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, o el Vigía Ocupacional correspondiente y participar en actividades virtuales de promoción de la salud y prevención del empleador o la Administradora de Riesgos Laborales, cumpliendo con las obligaciones establecidas en la legislación del Sistema General de Riesgos Laborales.

 

Debe atender las instrucciones respecto de uso y apropiación de tecnologías de la información y las comunicaciones, así como respecto de seguridad digital, efectuadas por el empleador.

 

Por último, el teletrabajador debe cumplir con las mismas actividades y resultados que se realiza de manera presencial, con la calidad y oportunidad esperada.

 

Ahora bien, con relación a temas específicos de la nueva reglamentación del teletrabajo, se establecen las siguientes condiciones:

Se eliminan las barreras que impidan el desarrollo del teletrabajo, condición como, por ejemplo, la visita previa al puesto de trabajo, siendo que ahora puede realizarse de manera virtual o presencial con acompañamiento de la ARL, y la solicitud puede realizarse por el trabajador o directamente por el empleador.

 

Con el Decreto 1227 de 2022, se creó la posibilidad de reversar la decisión del teletrabajo, La reversibilidad para los trabajadores que se rigen bajo las normas de derecho privado, se hará efectiva en el término establecido por las partes y se sujetará a la posibilidad que tenga el empleador de contar con el espacio o puesto de trabajo y la facultad del empleador para señalar el lugar en el que el trabajador prestará sus servicios.

 

Por último, el Decreto crea el trabajo híbrido para aquellos trabajadores que desarrollen trabajo suplementario, y que podrán determinar que su actividad se desarrolle a través de modelos híbridos de trabajo, esto es, que se labore de manera alternada, dos o tres días a la semana en su casa y el resto del tiempo en el centro de trabajo, para lo cual, de mutuo acuerdo, determinarán los días de presencialidad y teletrabajo que podrán ser fijos o variables con el fin de satisfacer necesidades organizacionales del empleador o entidad pública.

 

Con relación a los costos fijos mensuales por el uso de internet, telefonía fija y móvil y energía, el empleador y el trabajador o servidor podrán, de mutuo acuerdo, fijar el costo del auxilio mensual que compensará dichos costos.

 

Por último, el Decreto consagró el día 16 de septiembre como el día del teletrabajo, con el objetivo de fomentar el teletrabajo en Colombia, incrementar los niveles de productividad, generar ciudades más sostenibles, promover la inclusión laboral, mejorar el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos, trabajadores y servidores, y fortalecer el uso efectivo de las TIC.

 

A manera de conclusión, se puede interpretar que el Decreto sobre el Teletrabajo se ajusta a las realidades actuales, derivadas de la pandemia, razón por la cual, existe una amplia serie de condiciones que favorecen al trabajador en el sentido del cuidado de seguridad y salud en el trabajo.

 

Adicionalmente se evidencia el derecho a la desconexión laboral y la regulación de temas como el pago de los costos de los servicio públicos que impactan directamente en el desarrollo de las actividades laborales, y por último se resalta la importancia que tiene el teletrabajo en época de pospandemia.

 

 

Topics: Derecho Laboral