ICA ingreso de mascotas a Colombia

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 31-mayo-2023

Conoce los requisitos del ICA para el ingreso de mascotas a Colombia

 

Cuando las personas tienen mascotas y desean viajar con ellas a otros Estados deben informarse acerca de cuáles son los requisitos para su salida del país y para su ingreso al otro territorio, pues no basta simplemente con estar al día con las vacunas, sino que generalmente las autoridades sanitarias de los países ejercen controles para evitar la trasmisión de enfermedades.

 

Esta salida e ingreso de animales vivos de un territorio aduanero a otro constituye una exportación y una importación, respectivamente, aunque no haya una transacción comercial de por medio.

 

En el caso colombiano, el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, es la entidad encargada de prevenir, vigilar y controlar los riesgos sanitarios, biológicos y químicos para las especies animales y vegetales, y por esta razón tiene oficinas en los aeropuertos, puertos y pasos de frontera.

 

Adicionalmente, para facilitar el ejercicio de sus funciones, el ICA creó el sistema de información sanitaria para importación y exportación de productos agrícolas y pecuarios, SISPAP, plataforma a través de la cual se registran en línea las solicitudes para obtener los documentos para cada uno de estos trámites.

 

Por norma de la Comunidad Andina, a la cual pertenece Colombia, los riesgos sanitarios están agrupados en categorías que evalúan la capacidad de vehiculizar agentes patógenos de enfermedades.

 

Los animales vivos pertenecen a la categoría más alta de riesgo sanitario y, por lo tanto, requieren para su importación de:

  1. Documento sanitario de importación (DZI).
  2. Certificado sanitario de exportación.
  3. Inspección sanitaria en el punto de ingreso (CIS).
  4. Cuarentena

Sin embargo, en el caso de las mascotas, estos requisitos se flexibilizan un poco.

 

Requisitos para el ingreso de mascotas a Colombia

Como todos sabemos, los perros y los gatos, son las mascotas más comunes, es por esta razón que el ICA, para su ingreso al país, solo exige la inspección sanitaria en el punto de ingreso, pero para llevar a cabo esta inspección y conceder el certificado de inspección sanitaria (CIS) deben cumplirse los siguientes pasos:

 

Infografía para blog mascotas

Vale la pena señalar que solo si falta la vacuna contra la rabia se requiere de cuarentena domiciliaria, durante la cual se deberá realizar la vacunación por un médico veterinario registrado ante el ICA.

 

Por su parte, en el caso de aves mascotas y hurones, conejos, chinchillas, hámsteres, cobayos y jerbos, como animales de compañía, se requiere:

 

  • Realizar la cuarentena en el país de origen.

  • Solicitar, a través del SISPAP, la habilitación del lugar de residencia donde vive el animal en el país exportador.

  • Solicitar al ICA visita oficial de habilitación del domicilio donde se realizará la cuarentena post entrada.

  • Obtener el documento zoosanitario de importación (DZI), a través del SISPAP.

  • Solicitar el certificado sanitario de exportación, ante la autoridad sanitaria del país exportador.

  • Realizar la inspección sanitaria, documental y física, en el punto de ingreso, previa solicitud a través del SISPAP, antes de la llegada al país.

  • Realizar la cuarentena post entrada en el domicilio habilitado.

Además, en el caso de especies de vida silvestre, se deberán solicitar los permisos CITES de exportación ante la autoridad ambiental del país exportador y de importación ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - Autoridad Nacional de Licencias Ambientales.

 

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