Plan Vallejo: ventajas y beneficios

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 30-abril-2024

Los sistemas especiales de importación – exportación, también conocidos como Plan Vallejo, están definidos en la normativa colombiana como aquellas operaciones o programas que permiten a las personas naturales o jurídicas, a las asociaciones empresariales, consorcios y uniones temporales, según sea el caso, importar temporalmente al territorio aduanero colombiano, con exención o suspensión total o parcial de tributos aduaneros o con el diferimiento del pago del IVA, insumos, materias primas, bienes intermedios, bienes de capital y repuestos que se empleen en la producción de bienes de exportación o que se destinen a la prestación de servicios directamente vinculados a la producción o exportación de estos bienes, o a la exportación de servicios.

¿Qué tipos de programas hay?

En la actualidad hay 4 tipos de programas: 1) materias primas e insumos, 2) bienes de capital y repuestos, 3) servicios y 4) reposición. Las bases de estos programas se encuentran en los artículos 172, 173, 174 y 179 del Decreto-Ley 444 de 1967 y en el artículo 4º de la Ley 7ª de 1991. Veamos cada uno:

  • Materias primas e insumos: En esta modalidad se pueden importar temporalmente materias primas o insumos que serán utilizados directa o indirectamente en la producción de bienes destinados a la exportación.

    Si el programa se solicita en virtud del artículo 172 del Decreto-Ley 444 de 1967, las materias primas e insumos importados deben ser utilizados en un 100% en la producción de los bienes destinados a la exportación.

    Bajo esta modalidad también se incluyen las operaciones de maquila, en las cuales un contratante extranjero suministra al productor nacional, en forma directa o indirecta, el 100% de las materias primas o insumos externos necesarios para manufacturar el bien de exportación, razón por la cual estas importaciones son no reembolsables.

    Si el programa se solicita en virtud del del artículo 173, literal b) del Decreto-Ley 444 de 1967, el compromiso de exportación será como mínimo el 60% de los productos elaborados con las materias primas e insumos importados y en ningún caso el valor FOB exportado podrá ser inferior al valor FOB de importación de las materias primas e insumos.

  • Bienes de capital y repuestos: En esta modalidad se pueden importar temporalmente bienes de capital, sus partes y repuestos que se destinen a la instalación, ensanche o reposición de las respectivas unidades productivas, que sean utilizados en el proceso de producción de bienes de exportación, o que se destinen a la prestación de servicios directamente vinculados a la producción o exportación de estos bienes.

    Los programas solicitados al amparo del artículo 173, literal c) del Decreto-Ley 444 de 1967, sólo pueden aprobarse cuando los bienes finales de exportación correspondan al sector servicios y a los productos comprendidos en el Anexo 1 del Acuerdo sobre la Agricultura de la Organización Mundial del Comercio, OMC.

    Por su parte, el programa en virtud del artículo 174 del Decreto-Ley 444 de 1967 puede solicitarse cuando se haya obtenido financiación externa para el montaje o ensanche de las empresas productoras de artículos exportables.

  • Servicios: En esta modalidad se pueden importar temporalmente bienes con el objeto de ser utilizados en un proyecto de exportación de servicios, de acuerdo a las categorías establecidas por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

  • Reposición: Quien haya exportado bienes nacionales con el lleno de los requisitos legales, en cuya producción se hubieren utilizado materias primas o insumos importados sobre los cuales se hayan pagado tributos aduaneros, tiene derecho a que se le otorgue registro para importar una cantidad igual de aquellas materias primas e insumos, libre de tales gravámenes. Este derecho debe ser ejercido dentro del término de un año, contado a partir de la fecha de la respectiva exportación, y podrá ser cedido por el exportador al fabricante de los productos.

¿Quiénes son beneficiarios?

  • De los programas de materias primas e insumos, bienes de capital y repuestos: personas naturales o jurídicas, asociaciones empresariales, consorcios y uniones temporales, que tengan el carácter de empresarios productores, exportadores y/o comercializadores.
  • De los programas de bienes de capital para la exportación de servicios: únicamente personas jurídicas, asociaciones empresariales, consorcios y uniones temporales.

Objetivos

En la página www.colombiatrade.com.co se señalan como objetivos del Plan Vallejo los siguientes:

  • Incrementar las exportaciones colombianas.
  • Contribuir a la renovación y adquisición de tecnología.
  • Facilitar los procesos de innovación de líneas de producción.
  • Promover el desarrollo económico y social.
  • Fomentar la actividad productiva y por ende el empleo.
  • Reducir los costos de producción.
  • Promover el mejoramiento en la calidad de los productos.

Ventajas y beneficios

El Plan Vallejo hace parte de los estímulos tributarios a las exportaciones. Dependiendo del tipo de programa se otorgan ciertos beneficios en materia de impuestos con el compromiso de exportar determinados porcentajes o cantidades, así:

 

Programa

Norma

Beneficios

Compromiso de exportación

Materias primas e insumos

Art. 172

D.L. 444/67

No arancel

No IVA

100% de lo importado

Art. 173, lit. b)

D.L. 444/67

No arancel

No IVA

60% exportación

40% ventas nacionales

Bienes de capital y repuestos

Art. 173, lit. c)

D.L. 444/67

No arancel

IVA diferido

70% de los aumentos de producción

(unidades físicas)

Art. 174

D.L. 444/67

Paga arancel

IVA diferido

1.5 veces el valor FOB del cupo utilizado

Servicios

L. 7ª/91 y

D. 285/2020

No arancel

IVA diferido

1.5 veces el valor FOB del cupo utilizado

Reposición

Art. 179

D.L. 444/67

No arancel

No IVA

(ya pagados)

No hay compromiso

Cuadro basado en diapositiva del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Adicionalmente, algunas ventajas que se otorgan en el Plan Vallejo son:

  • Cupo rotativo para ciertos usuarios.
  • Flexibilidad para demostrar el cumplimiento de los compromisos de exportación, permitiendo que no se declare incumplimiento si se acreditan determinados porcentajes exportados y se demuestra el faltante en el periodo siguiente.
  • Se puede solicitar prórroga del plazo para efectuar y demostrar el cumplimiento de los compromisos de exportación, antes de su vencimiento.
  • Si una persona tiene aprobados Plan Vallejo de materias primas e insumos y Plan Vallejo de bienes de capital y repuestos, una misma declaración de exportación puede acreditar simultáneamente las exportaciones para ambos programas.

 

Si quieres conocer más acerca de los sistemas especiales de importación – exportación en Colombia te invitamos a consultar la Guía de Importaciones, Exportaciones y Cambios de nuestro portal Legiscomex o el Régimen de Aduanas Colombiano. ¡Ingresa ahora!

 

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