Arancel judicial: actualización de valores

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 28-noviembre-2023

Conoce la actualización de los valores del arancel judicial

El pasado 31 de octubre el Consejo Superior de la Judicatura expidió el Acuerdo PCSJA23-12106 mediante el cual se actualizan los valores del arancel judicial en asuntos civiles y de familia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, constitucional y la función disciplinaria.

Es de anotar que la Ley 270 de 1996 (art. 6º) establece como principio general la gratuidad en la justicia, sin perjuicio de las agencias, costas, expensas y aranceles judiciales, aclarando que éstos últimos constituyen un ingreso público a favor de la Rama Judicial, esto en concordancia con lo estipulado en el artículo 10 del Código General del Proceso, que establece: “El servicio de justicia que presta el Estado será gratuito, sin perjuicio del arancel judicial y de las costas procesales”.

El artículo 362 del Código General del Proceso señala que cada dos años, el Consejo Superior de la Judicatura deberá regular el arancel judicial relacionado con copias, desgloses, certificaciones, autenticaciones, notificaciones y similares, además de indicar que el magistrado o juez que autorice el cobro de derechos por servicios no remunerables, o en cuantía mayor a la autorizada en el arancel, y el empleado que lo cobre o reciba, incurrirán en causal de mala conducta.

Las tarifas de arancel judicial se actualizarán con base en el índice de precios al consumidor (IPC) anual, de la vigencia anterior, certificado por la autoridad competente.

Así mismo, se aplicarán a los procesos que no se encuentran digitalizados, los procesos archivados físicamente, los trámites que por ley o por requerimiento de la entidad respectiva deban realizarse de forma física y los que sean requeridos a solicitud de la parte interesada en papel o en soporte magnético.

A continuación, los servicios con los valores actualizados:

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