Auxiliares de la Justicia Régimen de Insolvencia Empresarial

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 9-agosto-2023

Modificaciones en aspectos relativos a los Auxiliares de la Justicia dentro del Régimen de Insolvencia Empresarial

 

En el ámbito legal, es esencial que las leyes y decretos se adapten y actualicen para responder a las dinámicas y necesidades cambiantes de la sociedad. En esta ocasión, el Gobierno nacional ha promulgado el Decreto 1167 de 2023una importante modificación parcial al Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 del Sector Comercio, Industria y Turismo que impacta los aspectos relativos a los auxiliares de la justicia dentro del Régimen de Insolvencia Empresarial en Colombia.

 

Una de las principales razones detrás del Decreto 1167 es establecer de manera concreta la responsabilidad de los auxiliares de la justicia por su trabajo desarrollado. De esta manera, se busca mejorar la eficacia y profesionalismo en los procesos concursales adelantados ante la Superintendencia de Sociedades.

 

Además, se reconoce la importancia de la formación académica y la experiencia de estos auxiliares, considerándolas elementos imprescindibles para garantizar una gestión adecuada en los procesos de insolvencia empresarial.

 

Adicionalmente, debe destacarse la complejidad e inestabilidad de los mercados nacionales e internacionales, así como el aumento de procesos de insolvencia en los últimos años han demostrado la necesidad de contar con auxiliares altamente capacitados y con experiencia empresarial.

 

A continuación, se presentan algunas de las modificaciones más relevantes introducidas por el Decreto 1167 de 2023 que entraron en vigencia el pasado 11 de julio de 2023:

 

Clasificación de procesos de intervención: A partir de este momento, los procesos de intervención serán clasificados en dos categorías distintas, A y B, en función del número de personas que se vean afectadas. Si el número de afectados es superior a 50, el proceso será clasificado como categoría A, mientras que, si no supera esa cifra, será considerado como categoría B.

 

Inscripción en una o varias jurisdicciones: Tanto los aspirantes como los auxiliares de la justicia ahora tendrán la opción de inscribirse en una o múltiples jurisdicciones, lo que les brinda una mayor flexibilidad y más oportunidades para ampliar su alcance y participar en diversas áreas legales.

 

Requisitos para la lista de Auxiliares de la Justicia: Para hacer parte de la lista de Auxiliares de la Justicia no será necesario acreditar la aprobación del curso de formación en insolvencia e intervención. No obstante, a aquellos aspirantes que hayan aprobado dicho curso se les otorgará un puntaje adicional.

 

Antecedentes penales, fiscales o disciplinarios: Los aspirantes y Auxiliares de la Justicia con antecedentes penales, fiscales o disciplinarios personales no serán elegibles para formar parte de la lista de inscritos.

 

Requisitos específicos por categoría: Las condiciones particulares para acceder a las categorías (A, B, C) se segmentarán según los cargos (promotor - liquidador e interventor). Asimismo, se disminuirá el número de procesos requeridos para ingresar en las diferentes categorías, lo que favorecerá una mayor participación y brindará más oportunidades a los interesados.

 

Ascenso automático de categoría: Aquellos Auxiliares de la Justicia que cumplan los requisitos para una categoría superior a la que están actualmente inscritos, podrán ascender automáticamente, a menos que manifiesten expresamente su deseo de no hacerlo.

 

Proceso de Toma de Posesión del Cargo: El Auxiliar de la Justicia designado para un proceso debe manifestar su aceptación o rechazo del cargo dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles. En caso de aceptar, deberá tomar posesión de manera inmediata, asegurando así una respuesta pronta y oportuna en la incorporación al proceso.

 

Dilatación injustificada del proceso: Con el objetivo de evitar demoras innecesarias y asegurar la eficiencia del procedimiento, se ha agregado como una nueva causal de incumplimiento de las funciones de los Auxiliares de la Justicia la dilación injustificada del proceso.

 

Ampliación de causales de relevo: Con el propósito de prevenir alteraciones, retrasos y dilaciones innecesarias y fortalecer la eficacia del proceso, se han establecido cinco nuevas causales de relevo para los Auxiliares de la Justicia dentro de los procesos.

 

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Código de Comercio - Actualizado

 

 

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