Claves de protección a la maternidad y la primera infancia

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 31-agosto-2023

Conozca la ley sobre el derecho a amamantar

En esta oportunidad desde la unidad de derecho laboral de Legis, presentamos una infografía que presenta las principales características de la ley 2306 de 2023, sobre el la protección de la maternidad y la primera infancia, se crean incentivos y normas para la construcción de áreas que permitan la lactancia materna en el espacio público.

  1. Características de la Ley de lactancia materna 
  1. Proteger y apoyar a la maternidad y a la primera infancia, reconociendo el derecho de las mujeres a amamantar a sus hijas e hijos en el espacio público, sin ningún tipo de discriminación ni restricción.
  2. Las mujeres o madres sustitutas que provisionan lactancia adoptiva tienen el derecho a amamantar a sus hijas e hijos en el espacio público, sin ningún tipo de discriminación.
  3. Las entidades territoriales del nivel municipal, distrital y departamental, con cargo a su presupuesto y conforme a la disponibilidad de recursos, crearán y manejarán por sí mismas o por delegación las Áreas de Lactancia Materna en Espacio Público en lugares donde se brinde el acceso y prestación de servicios públicos.
  4. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrán incluir en los proyectos de ley de reforma de tipo fiscal o ley de financiamiento que pongan a consideración del Congreso de la República beneficios, alivios o incentivos económicos transitorios cuyo fin será beneficiar a las entidades territoriales o empresas privadas que creen Áreas de Lactancia Materna en Espacio Público con alta afluencia de personas.
  5. El empleador está en la obligación de conceder a la trabajadora dos (2) descansos, de treinta (30) minutos cada uno, "dentro de la jornada para amamantar a su hijo, sin descuento alguno en el salario por dicho concepto, durante los primeros seis (6) meses de edad; y una vez cumplido este periodo, un (1) descanso de treinta (30) minutos en los mismos términos hasta los dos (2) años de edad del menor; siempre y cuando se mantenga y manifieste una adecuada lactancia materna continua.

Topics: Maternidad, Derecho a amamantar