Derechos fundamentales de los campesinos

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 13-septiembre-2023

Conoce la norma que busca protección y garantía de los derechos de campesinos

 

Campesinado como sujeto de especial protección constitucional

“En el trimestre abril - junio de 2023, el total de la población de 15 años y más que se identificó subjetivamente como campesina fue de 11.845 mil personas para el total nacional”(1) y viven especialmente en zona rural y rural dispersa, para estos la calidad de vida por lo general es baja por no decir nula, y ello se refleja en la falta de educación por ausencia de establecimientos educativos especialmente cerca de sus viviendas, otro tanto, ocurre con la salud, los servicios públicos domiciliarios, el ambiente sano, etc. por no nombrar otros derechos fundamentales. Lo anterior incrementado por el conflicto interno armado que afecta en especial a las zonas rurales.

Por lo anterior y para reconocer al campesinado como sujeto de especial protección constitucional y buscando un equilibrio social se modifica el artículo 64 de la Constitución Política de Colombia mediante el Acto Legislativo 1 de 2023.

Dicho acto legislativo establece, entre otros, aspectos: que es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra del campesinado y de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa.

Que el campesinado es sujeto de derechos y de especial protección y que tiene un particular relacionamiento con la tierra basado en la producción de alimentos en garantía de la soberanía alimentaria, sus formas de territorialidad campesina, condiciones geográficas, demográficas, organizativas y culturales que lo distingue de otros grupos sociales.

Que el Estado reconoce la dimensión económica, social, cultural, política y ambiental del campesinado, así como aquellas que le sean reconocidas y velará por la protección, respeto y garantía de sus derechos individuales y colectivos, con el objetivo de lograr la igualdad material desde un enfoque de género, etario y territorial, el acceso a bienes y derechos como a la educación de calidad con pertinencia, la vivienda, la salud, los servicios públicos domiciliarios, vías terciarias, la tierra, el territorio, un ambiente sano, el acceso e intercambio de semillas, los recursos naturales y la diversidad biológica, el agua, la participación reforzada, la conectividad digital, la mejora de la infraestructura rural, la extensión agropecuaria y empresarial, asistencia técnica y tecnológica para generar valor agregado y medios de comercialización para sus productos.

Y, destaca que los campesinos son libres e iguales a todas las demás poblaciones y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular las fundadas en su situación económica, social, cultural y política.

 

Reglamentación del acto legislativo

Deja la reglamentación de todo lo anterior, en una ley posterior que busque lograr los fines propuestos y que establezca los mecanismos presupuestales que se requieran, así como el derecho de los campesinos a retirarse de la colectividad, conservando el porcentaje de tierra que le corresponda en casos de territorios campesinos donde la propiedad de la tierra sea colectiva.

Finalmente, crea una herramienta denominada trazador presupuestal, para efectos del seguimiento del gasto y la inversión realizada por múltiples sectores y entidades, dirigida a atender a la población campesina ubicada en zona rural y rural dispersa.

 

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(1) DANE, Mercado laboral de la población campesina. https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/mercado-laboral/mercado-laboral-de-la-poblacion-campesina#:~:text=El%2014%2C9%25%20de%20l [Consultado agosto 24 de 2023].

Topics: Protección constitucional del campesinado