Elaboración de los planes de velocidad

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 4-agosto-2023

Componentes de los planes de gestión de la velocidad

 

Mediante la Resolución 20233040025895 de 2023, el Ministerio de Transporte reglamenta la implementación de los planes de gestión de la velocidad para departamentos, municipios, distritos y áreas metropolitanas, de conformidad con los “Lineamientos para la construcción de planes de gestión de la velocidad”, la resolución rige en todo el territorio nacional y debe ser aplicada en los distritos y departamentos, además de los municipios de categoría especial, I, II y III que cuenten con autoridad de tránsito. Deja en cabeza del gobernador, alcalde municipal o distrital o la autoridad metropolitana o en quien se delegue tal función su cumplimiento.

 

Es de resaltar que el Plan Nacional de Seguridad Vial es la base para los planes departamentales, metropolitanos, distritales y municipales. En virtud de lo anterior, los planes de gestión de la velocidad deben estar articulados con los objetivos y acciones de Plan Nacional de Seguridad Vial vigente. Igualmente, deberán articularse con los Planes Locales de Seguridad Vial del departamento, municipio, distrito o área metropolitana, así mismo, estar armonizados según el contexto, dinámicas territoriales y las condiciones de seguridad vial que allí existan.

 

Etapas de los planes de gestión de la velocidad

Para la elaboración e implementación se deben adelantar las siguientes etapas: 


1. Diagnóstico: Realizar un diagnóstico sobre las dinámicas y características de la movilidad en el territorio, así como el panorama de siniestralidad y puntos críticos por exceso de velocidad y puntos de conflicto o donde se haya evidenciado riesgo, especialmente para actores viales vulnerables. 


2. Formulación y adopción: Planteamiento y definición de estrategias, programas y proyectos que se desarrollarán en el plan de gestión de la velocidad. De igual manera, refiere a la adopción del plan por parte de la autoridad competente. 


3. Implementación: Comprende las actuaciones necesarias para ejecutar las estrategias, programas y proyectos planteadas en la etapa de formulación y adopción. 


4. Seguimiento y evaluación: Comprende las acciones necesarias para realizar el proceso de seguimiento y evaluación del Plan de Gestión de la Velocidad a partir de los indicadores y metas definidos en el proceso de formulación”. 

 

Componentes de los planes de gestión de la velocidad

Como mínimo deben contener los siguientes:


1. Estratégico: Contiene el conjunto de estrategias, programas, proyectos y acciones a través de las cuales se buscará dar cumplimiento a los objetivos definidos en materia de gestión de la velocidad. 


2. Ejecución: Comprende la ejecución de las estrategias, programas, proyectos y acciones que se definieron en la etapa de formulación.

 
3. Seguimiento y evaluación: Comprende los indicadores y mecanismos de evaluación a partir de los cuales se va a realizar el seguimiento a las metas y el cumplimiento de la ejecución del plan.


Para una mayor ilustración, se pueden consultar, entre otras, las siguientes disposiciones: el artículo 177 de la Ley 2294 de 2023; el parágrafo 2º del artículo 14 de la Ley 2251 de 2022; el parágrafo 1º del artículo 4º de la Ley 769 de 2002 y el artículo 2º del Decreto 1430 del 2022.

 

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Topics: Jurídico, transporte, normas viales, tránsito