En qué consiste la unidad de empresa

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 31-mayo-2023

Conozca en nuestro Blog la utilidad de la unidad de empresa en materia laboral

 

En este Blog explicaremos la institución de la unidad de empresa en el derecho del trabajo colombiano y su funcionalidad.

 

La unidad de empresa es una figura del derecho del trabajo que tiene como finalidad última proteger a los trabajadores de la insolvencia del empresario o de la simulación de un grupo de empresas que busca evadir las responsabilidades con el trabajador o configurar diferentes prestaciones para las empresas satélite (normalmente inferiores a las definidas en la empresa principal).

 

Debemos tener en cuenta que en materia laboral y dejando de lado los requisitos del derecho comercial, en este caso la empresa es igual al concepto de unidad de explotación económica de fácil entendimiento para el trabajador (una tienda sin personería jurídica, por ejemplo).

 

El artículo actual del Código Sustantivo del Trabajo contempla varias hipótesis, en la primera lo que se busca para determinar la unidad de empresa es la preeminencia o preponderancia de una empresa sobre otras ya sea a través de una persona natural o jurídica; en la segunda hipótesis, se plantea que los efectos de la declaratoria empezaran a operar una vez sea declarada y no tiene efectos retroactivos.

 

En el tercer inciso bajo el espíritu de ayuda empresarial de la ley 50 de 1990, la norma establece una exención para empresas que ayuden en la generación de empleo, o estén en zonas francas por un período de tiempo determinado

 

3. No obstante lo anterior, cuando una empresa establezca una nueva unidad de producción, planta o factoría para desarrollar actividades similares, conexas o complementarias del objeto social de las mismas, en función de fines tales como la descentralización industrial, las exportaciones, el interés social o la rehabilitación de una región deprimida, sólo podrá declararse la unidad de empresa entre aquéllas y éstas, después de un plazo de gracia de diez (10) años de funcionamiento de las mismas. Para gozar de este beneficio el empleador requiere concepto previo y favorable del Ministerio de Desarrollo Económico.”[i]

Es importante tener en cuenta que la unidad de empresa puede ser declarada por el Ministerio del Trabajo o por un juez de la República. Una de las grandes premisas es que el Ministerio de Trabajo en términos generales no puede declara derechos como si le corresponde hacerlo a los jueces, sin embargo, en este caso previa investigación administrativa si puede declarar la unidad de empresa.

 

En efecto, la sala advirtió que, en los términos del artículo 194 del Código Sustantivo del Trabajo, subrogado por el artículo 32 de la Ley 50 de 1990, para la declaratoria de unidad de empresa se requiere contar con la prueba del predominio económico de la sociedad principal sobre las filiales o subsidiarias y no basta la existencia de una unidad de explotación económica y la ejecución de actividades similares, conexas, o complementarias.”[ii]. Lo que dejan en claro las sentencias es que bien sea por el ministerio de trabajo o bien sea a través del juez, la actividad probatoria es difícil porque se debe demostrar la identidad de los socios o por lo menos de la mayoría de ellos y la forma en que la empresa matriz domina a las otras sociedades o grupos empresariales.

 

Como conclusión podemos decir que a pesar de ser una de las figuras más antiguas en el Código Sustantivo del Trabajo, que no es tratada en el actual proyecto de reforma laboral presentada al Congreso (PL 367/2023), es una figura de difícil aplicación en la práctica, específicamente por el tema probatorio y las posibilidades que hoy en día ofrece el derecho comercial frente al tipo de sociedades existentes y salida e incorporación de socios.  

 

Véase también "Unidad de empresa no se predica de todo grupo empresarial"

 

[i] Régimen Laboral, Legis Editores

[ii] ambitojuridico.com

Topics: Jurídico, Empresas