Sirve aumentar la caducidad para denunciar el acoso laboral

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 17-enero-2023

Encuentra en el Blog de Legis los efectos de aumentar la caducidad en el acoso laboral

 

La caducidad del acoso laboral

 

¿Es beneficioso para los trabajadores la ampliación del término de caducidad dentro de la Ley del acoso laboral.?

El tema que vamos a tratar dentro de este Blog es la incidencia de la ampliación del término de caducidad en la figura del acoso laboral.[i]

Recordemos que el acoso laboral ha sido objeto de un convenio internacional de la OIT que busca disminuir la violencia y el acoso en el mundo del trabajo.[ii]

A diferencia de la Ley 1010 de 2006 el convenio 190 de la OIT es mucho más amplio y cobija además la discriminación por género.

La aplicación de la ley 1010 en Colombia ha tenido múltiples inconvenientes y no genera mucha confianza entre los trabajadores, el trámite en si es dispendioso y no es claro, las sanciones para los victimarios son débiles y la jurisprudencia no ha ayudado en que el fuero por acoso laboral prospere, en esa medida el aumento de la caducidad de la acción es un mensaje claro para que entidades y comités de convivencia trabajen aunadamente en pro de que la figura sea efectiva.

Recordemos que el convenio 190 de la OIT no ha sido ratificado por Colombia y que la ley 1010 no cobija a contratistas ni comprende aspectos como la discriminación por género, y si el convenio fuere ratificado probablemente la ley deberá ser cambiada integralmente, en esa medida el aumento de la caducidad es un paso adelante hacia el convenio

La caducidad de la acción de acoso laboral en la ley 1010 de 2006 era de seis meses desde el último acto y probablemente es lo que el legislador considero adecuado. Con la ampliación del plazo el trabajador dispondrá de mayor tiempo para activar el comité de convivencia y en caso de hacerlo la empresa también puede reflexionar sobre un caso que de pronto pudo no trascender debido a que pasaron los seis meses.

Consideramos entonces que la nueva caducidad si garantiza al trabajador garantías para ejercer su derecho y para el análisis de los hechos que va a llevar al comité de convivencia.

Finalmente, que pasará con los procesos que se habían cerrado por parte de los comités de convivencia teniendo en cuenta que esta no es una instancia judicial o bien con trabajadores que sufrieron acoso pero ya no trabajan en las empresas donde este se originó. Serán las sentencias de segunda instancia las encargadas de fijar los alcances de esta Ley.

 

[i] Ley 2209 de 2022

[ii] Convenio 190 de la OIT

 

 

Topics: Jurídico, Acoso laboral y caducidad