Gestión de Pasivos Ambientales

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 12-octubre-2023

Conoce la norma que busca la reglamentación de los lineamientos del pasivo ambiental


Definición de pasivo ambiental y algunos lineamientos

En términos contables el pasivo se definecomo: “el conjunto de deudas y obligaciones pendientes de pago”. Para efectos ambientales la Ley 2327 de 2023 señala que se debe entender por Pasivo Ambiental como: “las afectaciones ambientales originadas por actividades antrópicas directa o indirectamente por la mano del hombre, autorizadas o no, acumulativas o no, susceptibles de ser medibles, ubicables y delimitables geográficamente, que generan un nivel de riesgo no aceptable a la vida, la salud humana o el ambiente, de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Salud, y para cuyo control no hay un instrumento ambiental o sectorial”.

 

Antrópico, definición y ejemplos

Para una mayor ilustración la Real Academia de la Lengua define Antrópico, ca adj. “Producido o modificado por la actividad humana. La erosión antrópica del terreno”. En términos generales lo antrópico es el resultado del accionar humano y las consecuencias que provocan los procesos sobre el medio ambiente. El impacto antrópico es la secuela que las actividades humanas producen en un ecosistema.

Entre algunos de los ejemplos de actividades antrópicas encontramos la mayoría de emisiones de gases de carbono a la atmósfera (calentamiento global) que tienen origen vehicular, de fábricas, la combustión del carbón, petróleo y gas de las centrales eléctricas, la deforestación, la pesca, la agricultura, las quemas, incendios forestales, etc.

 

Estrategia para la Gestión de Pasivos Ambientales

Se entiende por Estrategia para la Gestión de Pasivos Ambientales, al conjunto de actividades relacionadas con la identificación por sospecha, caracterización, evaluación de riesgos, declaración, registro, priorización, intervención, monitoreo, seguimiento y las demás actividades que defina el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

 

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en colaboración con las entidades del orden nacional, regional y local que se estimen pertinentes, formulará y adoptará la Estrategia para la Gestión de Pasivos Ambientales, dentro de los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de la Ley 2327 de 2023 (septiembre 13 de 2023).

 

 

Sistema de Información de Pasivos Ambientales

Se crea el Sistema de Información de Pasivos Ambientales como un instrumento único de manejo de la información sobre la Estrategia para la Gestión de los Pasivos Ambientales. Este sistema contará con el Registro de Pasivos Ambientales (REPA) el cual contendrá, como mínimo, información clara, completa, pública y oportuna sobre la ubicación de los pasivos ambientales declarados en el territorio nacional, la información sobre el o los responsables de su intervención, las actividades definidas en los Planes de Intervención de Pasivos Ambientales, y su respectivo estado de avance. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con el apoyo de las carteras ministeriales y las entidades que considere necesarias, reglamentará el funcionamiento y definirá la administración de este sistema, el cual establecerá los flujos de información de entrada y salida y determinará las responsabilidades institucionales para el mantenimiento del mismo en un término de seis meses a partir de la entrada en vigencia de la Ley 2327 de 2023 (septiembre 13 de 2023).

 

Identificación y comprobación de pasivos ambientales

En los casos en los que las autoridades ambientales identifiquen la existencia de un área en sospecha de tener pasivos ambientales, tendrán que adelantar los estudios preliminares de riesgos que sean necesarios para determinar la configuración del pasivo ambiental.

 

De configurarse el pasivo ambiental, la autoridad ambiental competente deberá proceder a identificar, con las metodologías establecidas para tal fin al presunto generador del mismo e iniciar las acciones necesarias para su intervención, sin perjuicio de la adopción de las medidas preventivas y sancionatorias a las que haya lugar. En los casos en los que no se pueda identificar al responsable del pasivo ambiental, la autoridad ambiental competente declarará la configuración de responsable indeterminado. En los casos en los que, habiendo identificado al responsable del pasivo ambiental, este no dispone de la capacidad económica para asumir su atención, la autoridad ambiental competente declarará la configuración de responsable sin capacidad económica para asumir el costo de su atención. Estos deberán ser incluidos en el Registro de Pasivos Ambientales.

 

Obras por impuestos para la financiación de Pasivos ambientales por parte de terceros interesados no responsables

En materia tributaria, además del objeto de los convenios de que trata el segundo inciso del artículo 800-1 del Estatuto Tributario, los convenios celebrados en el marco del mecanismo de Obras por Impuestos podrán tener como objeto la inversión directa en los Planes de Intervención de Pasivos Ambientales por parte de terceros interesados no responsables. Señala que en ningún caso aplicará para terceros no responsables quienes tengan obligaciones de compensación ambiental.

 

Finalmente, autoriza al Gobierno Nacional para que dé cumplimiento a la Ley 2327 de 2023 en el marco de las competencias establecidas, para lo cual tendrá en cuenta la situación fiscal del país, en aplicación de los lineamientos de disponibilidad presupuestal establecidos en las leyes orgánicas de presupuesto.

 

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Topics: Definición de pasivo ambiental