Las Comisarías de Familia

Escrito por Equipo de Redactores Legis el 2-septiembre-2021

 

Conoce la Ley 2126 que regula las funciones y competencia de las Comisarías de Familia

 

Las Comisarías de Familia son las dependencias o entidades encargadas de garantizar el acceso a la justicia, con el fin de prevenir, proteger, restablecer, reparar y garantizar los derechos de quienes se encuentren en riesgo, sean o hayan sido víctimas de violencia por razones de género en el contexto familiar o de otra clase de violencia en el contexto familiar.

 

¿Cuáles son las funciones de las Comisarías de Familia?

Con la sanción de la Ley 2126 de 2021 a las Comisarías de Familia les corresponde:

  1. Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de quienes estén en riesgo o hayan sido víctimas de la violencia por sufrimiento físico, sexual, psicológico, patrimonial o económico, amenaza, agravio, ofensa o cualquier otra forma de agresión que se cometa por miembros del núcleo familiar o por personas encargadas del cuidado de uno o varios miembros de una familia en su domicilio o residencia o cualquier lugar en que se realice la conducta.
  2. Orientar a las personas en riesgo o víctimas de la violencia familiar, sobre sus derechos y obligaciones.
  3. Brindar atención especializada conforme a los principios rectores señalados en la Ley 2126, los parámetros constitucionales y convencionales en materia de respeto y garantía de derechos humanos y, protección del interés superior de los niños, niñas y adolescentes en caso de violencia y garantía a la no discriminación en razón de la situación personal, social, económica, edad, sexo, identidad de género, orientación sexual, etnia, raza, religión, ideología política o filosófica, discapacidad, convicciones personales, nacionalidad o cualquier otra condición que pueda constituir un criterio de discriminación.
  4. Reconocerán la existencia de relaciones de poder, subordinación, inequidad, roles diferenciados según parámetros de lo masculino y femenino que puedan llegar a vulnerar derechos de cualquier integrante de la familia.
  5. Tener en cuenta que las experiencias de las mujeres, los hombres, y las personas con orientación sexual o identidad de género diversas son distintas, y que la violencia contra la mujer y contra las personas con orientación sexual o identidad de género diversas es una forma de discriminación en razón del género. Las decisiones que se adopten en casos de violencia por razón de género en el contexto familiar, deben propender por erradicar las limitaciones que históricamente han dejado a las mujeres y a las personas con orientación sexual o identidad de género diversas en desventaja.

¿Cuál es la competencia de los Comisarios de Familia?

Los comisarios y comisarias de familia, serán competentes para conocer la violencia en el contexto familiar cuando las conductas se cometan entre las siguientes personas:

  1. Las y los cónyuges o compañeros permanentes, aunque se hubieren separado o divorciado.
  2. El padre y la madre de familia, aun cuando no convivan en el mismo hogar, si el maltrato se dirige contra el otro progenitor o progenitora.
  3. Las personas encargadas del cuidado de uno o varios miembros de una familia en su domicilio o residencia o cualquier lugar en el que se realice la conducta, que no sean parte del núcleo familiar, y de los integrantes de la familia.
  4. Personas que residan en el mismo hogar o integren la unidad doméstica sin relación de parentesco.
  5. Personas con las que se sostiene o se haya sostenido una relación de pareja, cohabitacional o no, de carácter permanente que se caracterice por una clara e inequívoca vocación de estabilidad.
  6. Prevenir, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes cuando se presenten vulneraciones o amenazas de derechos dentro del contexto de la violencia familiar, excepto cuando se trate de cualquier forma de violencia sexual.
  7. En aquellos casos en los cuales además de la violencia sexual en el contexto familiar contra el niño, niña o adolescente, se hayan presentado hechos de violencia contra uno o varios de los integrantes adultos de su núcleo familiar.

 

Mientras el comisario de familia se encarga de prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los niños, niñas, adolescentes y demás miembros de la familia, en las circunstancias de maltrato infantil, amenaza o vulneración de derechos suscitadas en el contexto de la violencia intrafamiliar ,el defensor de familia se encarga de prevenir, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en las circunstancias de maltrato, amenaza o vulneración de derechos diferentes de los suscitados en el contexto de la violencia intrafamiliar.

 

Topics: Derecho de familia